Órganos Principales del Partido Ecologista Verde
El Partido Ecologista Verde (PEV) se estructura conforme a su Estatuto aprobado por el Servicio Electoral (SERVEL), organizando su funcionamiento en tres niveles principales: Órgano Ejecutivo, Órgano Intermedio Colegiado y Órgano Contralor, tanto a nivel nacional como regional.
1. Órgano Ejecutivo: Directiva Nacional
Integración: 5 miembros:
- Presidente o Presidenta
- Dos Vicepresidentes o Vicepresidentas
- Secretario o Secretaria General
- Tesorero o Tesorera
Duración del cargo: 2 años.
Elección: Votación directa de los afiliados mediante listas cerradas, respetando la paridad de género.
Facultades principales:
- Dirigir y ejecutar la política y estrategia del Partido conforme a los acuerdos del Consejo Nacional.
- Administrar los bienes y recursos, rindiendo el balance anual.
- Convocar sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional.
- Proponer reformas estatutarias, pactos electorales o fusiones.
- Designar al Administrador General de Fondos.
- Supervisar el cumplimiento de la disciplina y los principios partidarios.
Procedimiento interno: Se reúne al menos cuatro veces al año y adopta sus acuerdos por mayoría simple.
2. Órgano Intermedio Colegiado Nacional: Consejo Nacional
Es la máxima autoridad deliberante del Partido Ecologista Verde y representa la voluntad política colectiva de los afiliados.
Integración: Consejeras y Consejeros Nacionales elegidos en cada región donde el Partido esté constituido, a razón de una pareja (mujer y hombre) por cada 350 afiliados, con un máximo de 10 consejeros por región.
Duración del cargo: 2 años.
Facultades principales:
- Elegir al Tribunal Supremo del Partido.
- Aprobar o rechazar el balance anual presentado por la Directiva Nacional.
- Determinar la línea política y programática del Partido.
- Aprobar modificaciones a los estatutos, declaración de principios y programa.
- Nominar candidaturas a Presidencia, Parlamento y Gobiernos Regionales.
- Aprobar alianzas, pactos o procesos de fusión o disolución partidaria.
- Exigir informes y rendiciones a los órganos nacionales y regionales.
Procedimiento interno: Se reúne al menos una vez al año en sesión ordinaria y de manera extraordinaria cuando lo solicite su Presidencia o la mitad de sus miembros. Sus acuerdos se adoptan por mayoría simple.
3. Órganos Intermedios y Ejecutivos Regionales
Consejos Regionales (Órgano Intermedio Colegiado Regional)
Integración: 6 miembros (3 mujeres y 3 hombres).
Duración del cargo: 2 años.
Elección: Por sufragio universal de los afiliados de la respectiva región.
Facultades principales:
- Máximo órgano deliberante en la región.
- Proponer candidaturas regionales al Consejo Nacional.
- Aprobar planes y estrategias regionales del Partido.
- Convocar y supervisar a la Directiva Regional.
Procedimiento interno: Se reúne al menos dos veces al año. Las decisiones se adoptan por mayoría de los presentes. Es presidido por el Presidente o Presidenta Regional, quien no tiene voto dirimente.
Directivas Regionales (Órgano Ejecutivo Regional)
Integración: 3 miembros:
- Presidente o Presidenta Regional
- Secretario o Secretaria Regional
- Tesorero o Tesorera Regional
Duración del cargo: 2 años.
Funciones:
- Ejecutar la política partidaria en el ámbito regional.
- Coordinar acciones territoriales y orgánicas con la Directiva Nacional.
- Administrar los recursos regionales y rendir cuentas al Consejo Regional.
4. Órgano Contralor: Tribunal Supremo y Tribunales Regionales
Tribunal Supremo (Nacional)
Integración: 5 miembros.
Duración: 2 años.
Elección: Por el Consejo Nacional mediante votación secreta.
Facultades principales:
- Interpretar los estatutos, reglamentos y principios del Partido.
- Resolver reclamaciones y denuncias contra actos o afiliados.
- Aplicar sanciones disciplinarias: amonestación, suspensión o expulsión.
- Calificar elecciones internas y velar por los derechos de los afiliados.
Procedimiento interno: Funciona con mayoría de sus miembros y decide por mayoría simple. Para sanciones graves se exige quórum especial.
Tribunales Regionales
Integración: 3 miembros elegidos por el Consejo Regional.
Duración: 2 años.
Facultades:
- Conocer en primera instancia los procesos disciplinarios a nivel regional.
- Aplicar sanciones conforme al Estatuto.
- Permitir la apelación de sus resoluciones ante el Tribunal Supremo Nacional.
Síntesis General
| Órgano | Nivel | Integrantes | Función Principal | Elección / Duración |
|---|---|---|---|---|
| Directiva Nacional | Ejecutivo Nacional | 5 | Dirige y administra el Partido conforme a los acuerdos del Consejo Nacional. | Elección directa / 2 años |
| Consejo Nacional | Intermedio Nacional | Variable según afiliados por región | Máxima autoridad política, aprueba balances y candidaturas. | Elección regional / 2 años |
| Tribunal Supremo | Contralor Nacional | 5 | Justicia interna, disciplina y control de elecciones. | Elección por Consejo Nacional / 2 años |
| Consejos Regionales | Intermedio Regional | 6 (3H / 3M) | Deliberación política territorial y propuestas de candidaturas. | Elección directa / 2 años |
| Directivas Regionales | Ejecutivo Regional | 3 | Ejecutar política y administración regional. | Elección directa / 2 años |
| Tribunales Regionales | Contralor Regional | 3 | Disciplina y control regional; apelable ante el Tribunal Supremo. | Elección por Consejo Regional / 2 años |
Última Actualización : 28/11/2025